Publicado el 7/8/2026 · Última revisión de las fuentes: 7/8/2026 · Nuestro método

Alquilar en Luxemburgo

Si ha leído en otro sitio que hacen falta tres meses de fianza y que se paga toda la comisión de agencia, la información está caducada. Ambas reglas cambiaron el 1 de agosto de 2024, y la diferencia se cifra: un mes de alquiler, más media comisión.

Lo que rige esta página, y lo que no. Todo lo que sigue se aplica a un contrato sobre una vivienda situada en Luxemburgo. Un transfronterizo que alquila en Thionville, Arlon o Tréveris se rige por el derecho de su país: ni la fianza de dos meses ni el reparto de la comisión le conciernen. Estas protecciones siguen a la vivienda, no al contrato de trabajo.

Lo que cambió el 1 de agosto de 2024

ReglaAntesDesde el 01.08.2024
Fianza3 meses de alquiler2 meses como máximo
Comisión de agenciaa cargo del inquilinorepartida al 50/50 entre arrendador e inquilino
Forma del contratoescrito o verbalescrito obligatorio, con menciones impuestas
Subida del alquilerregla de los tercios anuales+ 10 % como máximo, cada dos años
Tope del alquilersin cambios — 5 % anual del capital invertido en la vivienda
Vivienda compartidano reguladacontrato único + pacto de convivencia escrito; preaviso de 3 meses

Fuentes: ministerio de Vivienda y Ordenación del Territorio, comunicado de 10.07.2024; ley de 23 de julio de 2024 (Mémorial A n.º 311), en vigor el 1 de agosto de 2024. Consultadas el 07.08.2026.

También se introdujo un procedimiento de devolución de la fianza, con plazos precisos y una sanción en caso de incumplimiento.

Lo que hay que desembolsar el día de la firma

Tres partidas, y solo una es negociable:

No publicamos ningún importe de comisión, y es deliberado. El reparto 50/50 es una regla de derecho; el importe de la comisión depende de la práctica del mercado y no lo fija ningún texto. Afirmar « un mes más IVA » sería una cifra inventada que envejecería en silencio. Tome la que le anuncien y divídala por dos.

La subvención de alquiler está cerrada a los transfronterizos

Es la misma forma que el régimen de impatriados: una ayuda real, visible e inaccesible para quienes la buscan primero. Choca con tres condiciones a la vez:

Un transfronterizo no cumple ninguna. Para un residente, la condición financiera es que el alquiler mensual sin gastos supere el 25 % del ingreso neto del hogar; la ayuda « puede variar entre 10 y 520 euros al mes » según composición e ingresos.

Fuente: Guichet.lu, « Subvención de alquiler », página actualizada el 19.02.2026, consultada el 07.08.2026.

La devolución de su fianza

Es el litigio de fin de contrato más frecuente, y el texto es preciso — artículo 5, apartado 2bis de la ley de 2006, insertado por la reforma. Si el estado de salida coincide con el de entrada (salvo desgaste normal) y el arrendador no reclama ni atrasos ni daños, entonces la mitad de la fianza debe devolverse en un plazo máximo de un mes. El saldo sigue a la regularización de gastos.

El retraso del arrendador se sanciona, y la sanción se acumula. La suma aún debida se « incrementa en una cantidad igual al 10 por ciento del alquiler mensual en principal, por cada período mensual iniciado con retraso ». Un día de retraso activa el primer período entero. Sobre un alquiler de 1 500 €, tres meses de retraso suponen 450 € debidos además de la fianza.

Fuentes: ley de 21 de septiembre de 2006 sobre el arrendamiento de vivienda, artículos 1 y 5, en su redacción dada por la ley de 23 de julio de 2024 (Mémorial A n.º 311). Textos leídos en el filestore de Legilux el 07.08.2026.

Lo que no hemos acreditado