Alquilar en Luxemburgo
Si ha leído en otro sitio que hacen falta tres meses de fianza y que se paga toda la comisión de agencia, la información está caducada. Ambas reglas cambiaron el 1 de agosto de 2024, y la diferencia se cifra: un mes de alquiler, más media comisión.
Lo que cambió el 1 de agosto de 2024
| Regla | Antes | Desde el 01.08.2024 |
|---|---|---|
| Fianza | 3 meses de alquiler | 2 meses como máximo |
| Comisión de agencia | a cargo del inquilino | repartida al 50/50 entre arrendador e inquilino |
| Forma del contrato | escrito o verbal | escrito obligatorio, con menciones impuestas |
| Subida del alquiler | regla de los tercios anuales | + 10 % como máximo, cada dos años |
| Tope del alquiler | sin cambios — 5 % anual del capital invertido en la vivienda | |
| Vivienda compartida | no regulada | contrato único + pacto de convivencia escrito; preaviso de 3 meses |
Fuentes: ministerio de Vivienda y Ordenación del Territorio, comunicado de 10.07.2024; ley de 23 de julio de 2024 (Mémorial A n.º 311), en vigor el 1 de agosto de 2024. Consultadas el 07.08.2026.
También se introdujo un procedimiento de devolución de la fianza, con plazos precisos y una sanción en caso de incumplimiento.
Lo que hay que desembolsar el día de la firma
Tres partidas, y solo una es negociable:
- la fianza, limitada a dos meses de alquiler;
- la mitad de la comisión de agencia, si hay agencia;
- el primer alquiler.
La subvención de alquiler está cerrada a los transfronterizos
Es la misma forma que el régimen de impatriados: una ayuda real, visible e inaccesible para quienes la buscan primero. Choca con tres condiciones a la vez:
- un derecho de residencia de más de tres meses en Luxemburgo;
- la inscripción en el registro nacional de personas físicas;
- una vivienda situada en territorio luxemburgués, en el mercado privado.
Un transfronterizo no cumple ninguna. Para un residente, la condición financiera es que el alquiler mensual sin gastos supere el 25 % del ingreso neto del hogar; la ayuda « puede variar entre 10 y 520 euros al mes » según composición e ingresos.
Fuente: Guichet.lu, « Subvención de alquiler », página actualizada el 19.02.2026, consultada el 07.08.2026.
La devolución de su fianza
Es el litigio de fin de contrato más frecuente, y el texto es preciso — artículo 5, apartado 2bis de la ley de 2006, insertado por la reforma. Si el estado de salida coincide con el de entrada (salvo desgaste normal) y el arrendador no reclama ni atrasos ni daños, entonces la mitad de la fianza debe devolverse en un plazo máximo de un mes. El saldo sigue a la regularización de gastos.
Fuentes: ley de 21 de septiembre de 2006 sobre el arrendamiento de vivienda, artículos 1 y 5, en su redacción dada por la ley de 23 de julio de 2024 (Mémorial A n.º 311). Textos leídos en el filestore de Legilux el 07.08.2026.
Lo que no hemos acreditado
- El texto coordinado oficial: leemos la ley de 2006 Y su texto modificativo de 2024, pero no la versión consolidada de una sola pieza.
- El artículo que impone el contrato escrito bajo pena de nulidad: dos lecturas lo atribuyeron de forma distinta, y no lo zanjamos.
- El baremo de la subvención de alquiler, sin el cual no cabe proyectar importe alguno.
- La garantía de alquiler del Estado para hogares sin ahorros.
- El registro del contrato y su fiscalidad.